Crearon el Programa de Salud en clubes de barrio

La Legislatura porteña aprobó una Ley para crear el Programa de Salud en Clubes de Barrio, que busca garantizar la atención médica, controles físicos y acompañamiento sanitario a niños, niñas y jóvenes que realizan actividades deportivas en instituciones inscriptas en el Registro Único de Instituciones Deportivas (RUID), a través de los hospitales y los Centros de Salud (CESACs).

La norma establece que “los aptos médicos deberán realizarse en el mes del natalicio de las y los deportistas, teniendo una validez de un año desde su emisión, salvo recomendación médica específica” y fija como autoridad de aplicación de la presente ley al “Ministerio de Salud en Coordinación con la Secretaría de Deportes o quienes en un futuro los reemplacen”.

Los objetivos del Programa de Salud en los Clubes de Barrio: a. obtener un diagnóstico de situación de salud de la población deportiva; b. confeccionar los aptos físicos para la realización deportiva; c. asegurar que toda persona menor de edad que realice actividad física en los clubes inscriptos en el RUID (Registro Único de Instituciones Deportivas) tenga su médico de cabecera en el centro de salud más cercano; d. asegurar que los Clubes inscriptos en el RUID tengan un médico referente en el centro de salud más cercano; e. establecer que los aptos médicos deberán realizarse en el mes del natalicio de las y los deportistas, teniendo una validez de 1 (un) año desde su emisión, salvo recomendación médica específica.

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