RIGI bonaerense: Qué exige el nuevo reglamento para acceder a los beneficios fiscales

El gobierno de Axel Kicillof reglamentó el Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas (RIGI), creado por la Ley Nº 15.510, y definió el procedimiento administrativo para que las empresas puedan adherir y acceder a incentivos fiscales.

La medida fue instrumentada por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a cargo de Augusto Costa, que aprobó el Reglamento Operativo del régimen. De esta manera, quedó formalizado el esquema para la presentación, evaluación y control de proyectos que superen los USD 5.000.000 de inversión.

El nuevo marco establece modelos obligatorios para tramitar la adhesión, entre ellos la Nota de Solicitud, el Formulario de Solicitud y el Plan de Inversión. Las firmas interesadas deberán presentar antecedentes, cronograma de ejecución, flujo de fondos, programas de desarrollo de proveedores y una Declaración Jurada de No Exclusión.

Además, la normativa exige documentación societaria y contable, como estatuto vigente, designación de autoridades y estados contables auditados de los últimos dos ejercicios. También impone requisitos fiscales y registrales, entre ellos el certificado de cumplimiento fiscal de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), constancias tributarias, certificados de libre deuda, documentación previsional y acreditación de dominio del inmueble donde se desarrollará la inversión.

En el caso de proyectos vinculados a minería o recursos naturales, el régimen suma informes de dominio de mina, inscripción en el Registro de Productores Mineros y evaluación de impacto ambiental, junto con informes técnicos y financieros de profesionales independientes que acrediten viabilidad económica, impacto territorial y generación de empleo.

La Subsecretaría de Industria y Pymes actuará como autoridad administrativa del régimen y tendrá a su cargo la supervisión y el seguimiento de los proyectos. El organismo contará con un plazo de 60 días hábiles, desde que la documentación esté completa, para aprobar o rechazar la adhesión. Los beneficiarios deberán presentar informes semestrales de avance físico y financiero.

El régimen alcanza inversiones en industria manufacturera, servicios, turismo, logística, industrias culturales, salud y actividades intensivas en recursos naturales como minería, energía, petróleo y gas. La ley también habilita al Ejecutivo provincial a incorporar proyectos que declare de interés estratégico.

En materia de beneficios, el esquema prevé exenciones parciales en el Impuesto Inmobiliario, en Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos, además de estabilidad fiscal en los términos establecidos por la norma. El piso mínimo de inversión es de USD 5 millones y se segmentan beneficios hasta los USD 200 millones.

Para proyectos que superen los USD 200 millones, la ley contempla la posibilidad de solicitar estabilidad fiscal por hasta 30 años, siempre que se acredite la fundamentación técnica y económica correspondiente. Asimismo, las iniciativas mayores a USD 50 millones deberán presentar de manera obligatoria un Programa de Desarrollo de Proveedores Provinciales.

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