Diputados PBA: Es ley la protección para personas en situación de calle

La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires convirtió en ley el proyecto que establece un marco integral de protección para las personas en situación de calle o en riesgo de atravesar esa condición. La iniciativa, presentada por el senador Federico Fagioli, de Fuerza Patria, fue aprobada sobre tablas durante la cuarta sesión ordinaria del año, encabezada por Alejandro Dichiara.

El texto había recibido media sanción del Senado bonaerense el 2 de octubre de 2025 y completó su recorrido legislativo con la aprobación de la Cámara baja. Para comenzar a aplicarse deberá ser promulgado por el gobernador Axel Kicillof, publicado en el Boletín Oficial y posteriormente reglamentado.

La norma considera personas en situación de calle a quienes habitan de manera transitoria o permanente en la vía pública o en otros espacios públicos, independientemente de que utilicen o no establecimientos de alojamiento nocturno. También incluye a quienes enfrentan un riesgo concreto de perder su vivienda, con el propósito de intervenir antes de que deban vivir en la calle.

Derechos y obligaciones del Estado

La nueva legislación reconoce la situación de calle como un estado de vulnerabilidad social extrema y garantiza el derecho a la dignidad, la integridad física, la identidad, la salud, el trabajo, la vivienda y el uso de los espacios públicos sin discriminación.

Entre las obligaciones establecidas se encuentra la tramitación gratuita de partidas de nacimiento, documentos nacionales de identidad y claves de inscripción laboral o tributaria. Además, ninguna dependencia podrá negar atención a una persona por no contar con DNI u otra documentación.

La Provincia también deberá garantizar el acceso a servicios socioasistenciales, atención integral de la salud física y mental, programas de capacitación y herramientas para conseguir un empleo. En materia habitacional, los planes de construcción de viviendas deberán reservar una cuota para las personas comprendidas por la ley.

Otro de los puntos centrales reconoce el derecho a utilizar la infraestructura y los espacios públicos sin sufrir persecución por la condición social. Antes de recurrir al uso coercitivo de la fuerza, las autoridades deberán agotar las instancias de asistencia, acompañamiento e intervención social.

Una protección que también alcanza a quienes podrían quedar en la calle

La legislación no se limita a quienes ya duermen en la vía pública. También contempla a personas alojadas en establecimientos médicos, asistenciales o penitenciarios que deban egresar y no dispongan de una vivienda, a familias notificadas de un desalojo que carezcan de recursos para alquilar y a quienes vivan en asentamientos precarios, sin servicios esenciales o en condiciones de hacinamiento, cuando esos lugares no estén incorporados al Registro Nacional de Barrios Populares.

La autoridad de aplicación será la Dirección de Atención a Familias en Situación de Calle de la provincia de Buenos Aires. El organismo tendrá a su cargo la articulación de las políticas necesarias para que las garantías reconocidas por la ley se traduzcan en respuestas concretas en los 135 municipios bonaerenses.

Hasta ahora, la Provincia contaba con la Ley 13.956, sancionada en 2008, que creó un programa de asistencia basado principalmente en alimentación, atención médica y alojamiento transitorio. La nueva norma amplía ese enfoque y coloca en el centro el reconocimiento de derechos y la obligación estatal de generar alternativas para superar la situación de calle.

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