El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la Agencia de Protección Ambiental (APRA), dictó dos nuevas resoluciones que establecen medidas para distintos establecimientos y actividades, y ordenan la prestación de los servicios de desratización.
La Resolución N° 282-GCABA-APRA/26 establece medidas de prevención, control y gestión destinadas a evitar y reducir la presencia y proliferación de roedores en la Ciudad. La normativa alcanza a propietarios, desarrolladores, empresas constructoras, contratistas y responsables de un amplio conjunto de actividades y establecimientos.
Entre ellos se encuentran obras públicas y privadas, demoliciones, excavaciones y movimientos de suelo; depósitos y centros logísticos; establecimientos metalúrgicos y de acopio, clasificación o reciclado de metales; generadores especiales de residuos sólidos urbanos; establecimientos gastronómicos y de almacenamiento de alimentos; establecimientos educativos y de salud; residencias para personas mayores; servicios de alojamiento; estaciones de servicio; estacionamientos con sectores subterráneos; estaciones de subterráneo; inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal y edificios públicos, entre otros.
Los responsables de estos establecimientos deberán realizar tratamientos preventivos y de control de roedores con la periodicidad establecida por APRA, a través de empresas inscriptas en el nuevo registro creado por la Ciudad.
En paralelo, la Resolución N° 281-GCABA-APRA/26 creó la “Nómina de empresas prestadoras de servicios de desratización”, de inscripción obligatoria para todas las empresas que desarrollen esta actividad en la Ciudad.
Las empresas cuentan con un plazo de 30 días desde la publicación de la resolución para inscribirse. Una vez registradas, deberán emitir una constancia por cada servicio realizado, de acuerdo con los requisitos establecidos por la normativa.
