El SPB refutó a los diputados de Juntos por el Cambio que reclamaron prohibir celulares en cárceles
El Servicio Penitenciario Bonaerense informó una serie de cuestiones ligadas a la implementación del protocolo que regula la utilización de telefonía por parte de personas detenidas en unidades penales de la provincia de Buenos Aires.
El pronunciamiento del SPB surge luego de que un grupo de diputados provinciales de Juntos presentaran un proyecto en la Legislatura bonaerense para derogar la reglamentación que habilita el uso de celulares en cárceles bonaerenses.
“Corresponde aclarar que esta disposición fue llevada adelante en el ámbito penitenciario bonaerense luego de una decisión del máximo tribunal penal de la Provincia que así lo dispuso. Las razones de esta resolución judicial estuvieron ligadas a la pandemia Covid19 y a la necesidad de cesar las visitas a las personas detenidas en unidades penales como forma de evitar contagios masivos que colapsaran el sistema de salud pública —objetivo que finalmente logró alcanzarse—“, argumentaron desde el SPB.
En este sentido, explicaron que la puesta en funcionamiento de esta medida, en marzo de 2020, se llevó a cabo a través de un estricto protocolo que establece pautas rigurosas de uso, y remarcaron que el instrumento fue validado por autoridades judiciales y se basa en antecedentes internacionales en la materia.
El Protocolo, entre otras disposiciones, circunscribe su utilización a las actividades educativas a distancia y a los contactos familiares, establece un Registro de celulares que identifica fehacientemente a cada usuario, delimita los ámbitos habilitados para el uso de telefonía celular y prohíbe las redes sociales —con excepción de WhatsApp—.
Según se detalló en un comunicado del SPB, el protocolo aludido se implementó en línea con decisiones adoptadas en este mismo sentido por 14 Provincias de nuestro país y servicios penitenciarios de Europa (entre ellos, el de España y Gran Bretaña)
“Desde la regulación del uso de los celulares no solo se ha logrado disminuir la cantidad de delitos cometidos desde las unidades penales a través de dispositivos móviles, sino que la implementación del protocolo posibilitó el rápido esclarecimiento de ese tipo de ilícitos y la pronta imposición de la sanción correspondiente”, remarcaron.
En otro pasaje de texto oficial, el SPB refutó las acusaciones lanzadas por los autores del proyecto, Alex Campbell y Matías Ranzini, respecto a que el Gobierno provincial no recurrió decisiones judiciales liberatorias de personas detenidas.
“En primer lugar, y en honor al sistema republicano, son funciones ajenas al Poder Ejecutivo la de detener o liberar personas. Tampoco está dentro de las funciones de las distintas carteras de gobierno la de recurrir resoluciones en procesos judiciales. Esta última función es propia y exclusiva del Ministerio Público, así como de los organismos de la Constitución, personas o asociaciones que pueden asumir un rol procesal”, asevera el comunicado.
Y pone de manifiesto en torno a la preocupación por la liberación de personas detenidas y de acuerdo con las estadísticas que produce la Procuración General de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, que en el año 2015 fueron 34.443 las personas que recuperaron la libertad desde cárceles y comisarías bonaerenses, número que “fue creciendo en los años siguientes hasta llegar a 42.061 personas en 2019”.
“Esa tendencia se revirtió a partir de 2020. En ese año ese universo de personas alcanzó las 36.257 y, al 10 de agosto de 2021, se registraron en esa misma categoría 33.715”, completa la aclaración del SPB.