PORTEÑOS

Declararon nulo el Código de Edificación en CABA que permite construir ´´microdepartamentos´´

Un fallo judicial anuló el Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en vigor desde 2019, que permitía la construcción de «microdepartamentos» de 18 metros cuadrados sin bidet.

La jueza Elena Liberatori, del Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº 4, dictaminó a favor de una demanda colectiva liderada por Eduardo Joly, presidente de la Fundación Rumbos, contra la Legislatura porteña, respecto a las leyes 6.100 y 6.438.

La Fundación Rumbos indicó que «los derechos de participación ciudadana fueron violados durante el procedimiento de doble lectura requerido para modificar el Código de Edificación», pues no se respetó la Ley de Audiencias Públicas, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires ni la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Por su parte, el Gobierno porteño anunció su intención de apelar el fallo de primera instancia a través de la Procuración, señalando que las leyes impugnadas permanecen vigentes durante el proceso judicial.

Según la magistrada, «el proceso legislativo fue contrario a lo establecido en la Convención», ya que la audiencia pública se convirtió en un trámite formal sin respuestas satisfactorias a los planteos de los demandantes.

En 2019, la Legislatura porteña aprobó los nuevos códigos, permitiendo la construcción de «microdepartamentos» de hasta 18 metros cuadrados sin bidet. También eliminó la obligación de incluir el bidet en los planos de los desarrolladores inmobiliarios. Antes de la reforma, un monoambiente debía tener al menos 29,30 metros cuadrados cubiertos.

Para la Fundación Rumbos, estos cambios «profundizan las condiciones materiales y sociales que generan discapacidad» y crean «ambientes expulsivos y discriminatorios».