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La Corte eliminó un cargo extra de IOMA

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dictaminó que el Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) debe revertir las tarifas y eliminar un sobrecargo adicional que había impuesto a los empleados de la Municipalidad de San Nicolás, tras la autorización del municipio para que los empleados públicos se adhirieran a otras obras sociales, según se denunció.

Este dictamen resuelve una disputa que se originó en abril del año pasado, cuando el Concejo Deliberante de San Nicolás aprobó una propuesta para desvincularse del IOMA según lo establecido en la Ley 6982, permitiendo la afiliación al Sistema Nacional de Obras Sociales, definido en la Ley 23660.

El entonces intendente, Manuel Passaglia, había anunciado que «los trabajadores municipales tendrán la libertad de elegir quién cuida mejor a su familia» y había permitido que los aportes se transfirieran a otra obra social, lo que provocó que el 70 por ciento de los empleados públicos cambiara su cobertura médica.

Según lo denunciado en la demanda presentada por la Municipalidad, después de esta situación, el IOMA estableció un cargo adicional que debían abonar los trabajadores que optaron por permanecer en la obra social.

Con el fallo emitido esta semana, los empleados municipales ya no tienen que pagar ese cargo adicional, volviendo al sistema colectivo anterior. La Municipalidad solo debe liquidar los aportes obligatorios que establece la ley, tal como lo hacía antes de la desvinculación.

Asimismo, el fallo ordena al IOMA que «hasta que se dicte una sentencia definitiva en este proceso, proporcione cobertura médico asistencial a los empleados de la Municipalidad de San Nicolás que expresaron su deseo de permanecer bajo su régimen, en las mismas condiciones que estaban vigentes al entrar en vigencia la ordenanza 10.503/23 y el decreto 1.243/23».