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Oficializaron la creación del RIGI bonaerense

Este miércoles fue promulgada la ley que crea el Régimen de Fomento para Inversiones Estratégicas en la provincia de Buenos Aires, proyecto enviado por el gobernador Axel Kicillof a la Legislatura y sancionado el pasado 14 de noviembre.

La propuesta, enmarcada en la flamante ley N° 15.510, busca acompañar a quienes “invierten para generar valor agregado y empleo de calidad, apunta a generar proveedores locales, a incluir tecnologías, a diversificar la matriz productiva, a aumentar y sustituir importaciones, y a generar equidad”.

Se trata de una herramienta que tiene como objetivo estimular las inversiones productivas y que, a través de beneficios fiscales, premia a aquellos proyectos que impliquen la creación de empleos, la generación de valor agregado, el desarrollo de proveedores locales y de nuevos sectores productivos, la promoción de la transferencia tecnológica, la diversificación de la matriz productiva, el impulso de las exportaciones, la sustitución de importaciones y la reducción de desequilibrios territoriales.

Desde el Gobierno bonaerense se explicó que el ingreso de los proyectos al régimen de inversión se analizará para su aprobación o rechazo “en base a su contribución al desarrollo productivo, económico y social de la Provincia” y se puntualizó que el plazo para presentar las propuestas será de dos años a partir de la entrada en vigencia de la norma.

De acuerdo a lo reseñado por Ámbito, los sectores alcanzados por esta herramienta provincial son la industria manufacturera, los intensivos en recursos naturales, los de servicios (turismo, logística y otros), industrias culturales, salud, y proyectos estratégicos para la Provincia, y deberán contemplar inversiones de 5 millones de dólares o más: de acuerdo con los montos invertidos, obtendrán diferentes grados de exenciones fiscales.

En el texto de la norma, se establece que los proyectos a ser presentados para su consideración deberán comprender alguno/s de los siguientes objetos: planta o inversión nueva; ampliación de planta o ampliación de instalaciones existentes, cuando el incremento de la capacidad teórica de producción sea como mínimo del 30 %, sin disminuir el empleo; nuevo proceso productivo, cuando la nueva inversión sea superior al 30 % del valor del activo fijo existente según libros a moneda constante o valor de mercado, de los dos el mayor y no se reduzca el empleo.

Las propuestas aprobadas tendrán exenciones fiscales parciales sobre los impuestos de Ingresos Brutos, Inmobiliario y de Sellos. Los proyectos con inversiones desde US$ 5 millones hasta US$ 50 millones podrán acceder a un 30 % durante 5 años; mientras que para aquellos que tengan una inversión de entre US$ 50 millones y US$ 200 millones el beneficio alcanzará un 25% de exención durante 4 años. En el caso de las inversiones de más de US$200 millones, la exención será del 20% durante 3 años.

Asimismo, podrán obtener beneficios adicionales por sobre esas exenciones aquellos proyectos que incrementen el empleo, permitan la sustitución de importaciones; potencien la innovación tecnológica; o se localicen en zonas de bajos ingresos o parques industriales. En este caso será de 10 % y dos años más de plazo; mientras que los proyectos que aumenten las exportaciones, adopten políticas de género o sostenibilidad ambiental podrán acceder a un 5% extra de exención y un año más de plazo.

La estabilidad fiscal abarcará el período de los beneficios otorgados y podrá extenderse hasta 30 años si cumple las finalidades del Régimen. 

Además, los proyectos de inversión mayores a US$ 50 millones deberán presentar un programa de desarrollo de proveedores, el cual deberá contemplar, de forma incremental, que al menos el 50 % del monto total destinado al pago de proveedores se dirija a la contratación de empresas radicadas en la provincia de Buenos Aires.