El titular del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), Marcelo Peretta, expresó su rechazo a la decisión de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) de habilitar la comercialización sin receta de diez grupos de medicamentos que anteriormente requerían prescripción médica.
El dirigente sindical consideró que la modificación puede favorecer un mayor consumo de medicamentos sin supervisión profesional y alertó sobre posibles consecuencias vinculadas con la automedicación, el uso excesivo y la aparición de efectos adversos.
La medida quedó establecida a través de la Disposición 4714/2026 y alcanza a determinadas especialidades medicinales incluidas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM). La condición es que los productos respeten las concentraciones, presentaciones y formas farmacéuticas específicamente contempladas por la normativa.
Peretta sostuvo además que la decisión se enmarca en un proceso de desregulación iniciado tiempo atrás y cuestionó que el cambio de condición de venta pueda traducirse en una reducción del precio de los medicamentos. Según planteó, la medida podría incrementar el consumo sin indicación profesional y generar mayores riesgos para los pacientes.
Los medicamentos alcanzados
La nueva disposición contempla las siguientes drogas y presentaciones:
Trimebutina maleato 100 mg: comprimidos o cápsulas de administración oral.
Levocetirizina diclorhidrato: 5 mg y solución oral de 5 mg/ml.
Fexofenadina clorhidrato: 60 mg y 120 mg, además de solución oral de 6 mg/ml.
Dimenhidrinato: 50 mg, en comprimidos o cápsulas.
Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril, en concentraciones de 0,025% y 0,3%.
Olopatadina clorhidrato: solución oftálmica estéril al 0,1% y 0,2%.
Carboximetilcisteína: 5%, en jarabe o solución oral.
Cloruro de aluminio hexahidratado: 20%, en loción de uso tópico.
Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: en las concentraciones autorizadas.
Ivermectina: 0,5%, exclusivamente en loción de aplicación tópica.
La disposición establece específicamente las condiciones bajo las cuales estas presentaciones pueden pasar a la categoría de venta libre.
