La Legislatura aprobó la transferencia de la Justicia Laboral Nacional al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires

El Cuerpo Legislativo también sancionó las iniciativas referidas a la homologación de las condonaciones de deudas tributarias autorizadas de la AGIP, extensión de beneficio a excombatientes de Malvinas y la modificación de la Carta Orgánica del Banco Ciudad, entre otros.

En sesión ordinaria y con la presencia de los diputados de los distintos bloques que integran el recinto, el Cuerpo Legislativo aprobó la transferencia de la Justicia Laboral Nacional al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El proyecto cuenta con autoría de la Jefatura de Gobierno y obtuvo 36 votos a favor, 2 negativos y 20 abstenciones.

El proyecto formaliza la transferencia de la justicia laboral desde la órbita nacional al fuero local, marcando un hito en la consolidación de la autonomía jurisdiccional porteña prevista tras la reforma constitucional de 1994. El convenio, firmado en febrero de 2026 entre el Estado Nacional y la administración de la Ciudad, establece que las causas laborales iniciadas antes de la entrada en vigor del nuevo fuero seguirán tramitándose en la Justicia Nacional del Trabajo, mientras que las nuevas demandas se procesarán exclusivamente en el flamante Fuero del Trabajo de la Ciudad.

El traspaso se sustenta en el artículo 129 de la Constitución Nacional y disposiciones locales, que exigen agotar todas las vías para asegurar la autonomía plena de la jurisdicción porteña. De esta forma, la Ciudad asume el compromiso de seleccionar jueces y fiscales a través de los mecanismos habituales y de proveer los recursos necesarios, mientras el Estado Nacional se compromete a transferir progresivamente los recursos y a no cubrir nuevas vacantes en la justicia nacional para las competencias transferidas. La medida se apoya en las leyes 6.789 y 6.790, que habilitaron la creación formal del fuero laboral local y su régimen procesal.

A su vez, los diputados también aprobaron el proyecto que prevé la homologación de las condonaciones de deudas tributarias autorizadas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). La iniciativa abarca obligaciones impagas referidas a gravámenes inmobiliarios, patentes de vehículos e Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El proyecto, que también fue impulsado por la Jefatura de Gobierno, contó con la aprobación de todo el cuerpo, con 56 votos afirmativos.

El texto indica que la AGIP concedió condonaciones durante 2025 y 2026 a un grupo reducido de contribuyentes, con montos variables según el caso. La ley responde al procedimiento anual que establece el Código Fiscal local, según el cual estas condonaciones deben ser remitidas a la Legislatura para su validación.

Banco Ciudad, excombatientes de Malvinas y jubilados

En tanto, también se aprobó la modificación de la Carta Orgánica del Banco Ciudad. A partir de este cambio, el banco deberá destinar el total del remanente, luego de cubrir reservas y capital, exclusivamente a la bonificación de tasas de interés o a la reducción de gastos administrativos en créditos hipotecarios para los residentes de la Ciudad. Antes de esta reforma, las utilidades excedentes se transferían al presupuesto central para financiar obras sociales y soluciones habitacionales.

Luego, el Cuerpo Legislativo dio lugar a la iniciativa que extiende de forma permanente el subsidio especial para excombatientes de la Guerra de Malvinas, incluyendo a quienes ya están jubilados. El beneficio, hasta ahora limitado a quienes permanecían en actividad, se mantendrá tras el retiro y también alcanza a quienes ya estén jubilados, siempre que acrediten su condición de veterano mediante el certificado oficial. El subsidio conservará sus características actuales: será personal, vitalicio, intransferible y compatible con otras jubilaciones o pensiones, pero solo podrá percibirlo el titular, sin posibilidad de transferencia a familiares.

Por último, otro proyecto que logró la aprobación del cuerpo fue el proyecto de ley que elimina los trámites digitales y requisitos adicionales para acceder al pase gratuito de subte destinado a jubilados, pensionados y retirados de las fuerzas armadas y de seguridad. Desde ahora, el beneficio se gestiona únicamente de manera presencial, sin necesidad de plataformas digitales, bancos ni documentación extra, y solo se requiere la presentación del DNI y el último recibo de haberes para acreditar domicilio e ingresos. Los mismos no deben superar los dos y medio haberes mínimos jubilatorios.

La nueva normativa establece que el pase gratuito se otorga mediante una tarjeta magnética física, sin integración con entidades bancarias ni proveedores de servicios de pago. Además, habilita al Estado local a verificar la condición previsional del solicitante mediante cruces de datos con otros organismos.

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